Así, de la revisión de las actas que conforman el Asunto Principal Nro. KP02-V-2014-003363, se pudo constatar, que la parte accionante acompañó al libelo el documento fundamental de la presente acción, constituido por el Contrato de Arrendamiento suscrito entre la "ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO" (APUCLA), representada por su Presidenta, ciudadana: DEBORAH MARIA VELASQUEZ DE VALECILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.384.056, en su carácter de Arrendadora, y la Firma Mercantil "ACADEMIA DE TENIS TEAM FIGUEROA ALVARADO, C.A.", representada por su Director, ciudadano: DANIEL FRANCISCO ALVARADO CAMEJO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.445.039, en su carácter de Arrendataria, corroborándose la relación arrendaticia de entre las partes que conforman este proceso, y que dicho inmueble está destinado única y exclusivamente para la enseñanza y practica .....