Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE, por cuanto no cumple con los extremos de ley, al penado: INOJOSA MENDOZA ALEXIS, titular de la cédula de identidad nro. 17.626.967, PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, solicitado por la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. NIlda Lucrecia Hernández”.- Todo de conformidad con el contenido de los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra. Nilda Lucrecia Hernández”, en concordancia con los artículos 2 y 3 de la Ley de Régimen Penitenciario.- Notifíquese URGENTE al Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nílda Lucrecia Hernández, al penado, a la defensa y a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público todos con copia certificada de la decisión.- Regístrese.- Cúmplase.