este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara la CON LUGAR la pretensión de NULIDAD ABSOLUTA EXISTENCIAL de todas las deliberaciones y decisiones habidas en ese acto llamado "Asamblea Extraordinaria de Accionistas" asentada bajo el número 38, del Tomo 26-A-2008 de fecha 05/05/2008, ella fue celebrada en fecha 18/09/2.007 y, como consecuencia de ello, al resultar írrita la "Comisión Electoral" designada en ese acto, se declara también la NULIDAD EXISTENCIAL de la designación de los ciudadanos RAUL ACEVEDO GOMEZ, ALVARO RODRIGUEZ SIGALA, ROLANDO ALCALÁ DOMINGUEZ, GERARDO GOMEZ y GERARDO GUTIERREZ, en su condición de Administradores e Integrantes de la Junta directiva de la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA INSTITUTO MÉDICO QUIRÚRGICO ACOSTA ORTIZ C.A., en la pretensión que contra ella intentaren la.....