Se declara CON LUGAR, el amparo propuesto por ALDEMAR ROBINSON GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 11.581.682, jurídicamente capaz, de este domicilio, contra COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A. , Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Estado Lara, en fecha Diecisiete (17) de julio de 1997, bajo el N° 26, tomo 33, ordenándole como mandamiento de amparo, que la empresa COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., haga efectivo un pago único y en forma inmediata, los salarios caídos del Trabajador accionante, dejados de percibir desde el 17 de mayo de 2004, hasta su total y efectiva reincorporación a su puesto de trabajo. Advirtiéndole a todas las autoridades civiles y militares que deberán coadyuvar en la ejecución del presente amparo, so pena de desacato.