PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano MAYOR EUDES ALEXANDER MORALES CUAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.920.376, de estado civil casado, de profesión militar activo, plaza para la fecha de la ocurrencia de los hechos en la Fuerza de Tarea de la 92 Brigada de Caribes de Guasdualito Estado Apure; y con domicilio y residencia en la calle principal sector Cabaneiro centro casa sin número Guasdualito Estado Apure, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 407 del COJM, es decir, la Inhabilitación política por el tiempo de la pena; separación del servicio activo igualmente como pena accesoria adherente a la pena principal, de conformidad con lo previsto en el artículo 565 ejusdem; y pérdida de derecho a premio, por la comisión de los delitos contra el decoro militar previsto y sancionado en el artículo 565; y desobediencia previsto en el artículo 519 y sancionado en el art.....