Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, DECIDE: PRIMERO: SE ADMITE totalmente la acusación penal militar contra el ciudadano Sargento Primero Khendry David Gutiérrez Chirinos titular de la cédula de identidad número V- 21.561.765, presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de ABUSO DE AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 3 y LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 3 con los agravantes previsto en el artículo 402 numeral 1,2 y 16 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se declaran legales, lícitos, pertinentes y necesarios todos los medios de prueba ofrecidos por la fiscalía militar y SE ADMITEN en su totalidad. TERCERO.....