DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE la Demanda Por NULIDAD, intentada por la ciudadana SIXTA AURORA RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.591.333, domiciliada en la calle 9 entre 14 y 15 de Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara. APODERADO JUDICIAL: Abg. PASTOR GARCIA FREITEZ, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.018, Domiciliado procesal carrera 17 entre calles 23 y 24, Edificio San Francisco, Piso 2 Oficina 7 de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara. En contra de la ciudadana YENNY MERCEDES RODRIGUEZ DE JIMENEZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.464.376, domiciliada en la calle 9 entre 18 y 19, Barrio La Ermita de Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara. APODERADO JUDICIAL: LUIS RAFAEL REQUENA JIMENEZ, IPSA.....