DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR  la demanda intentada por    la  ciudadana  MARIA  ELENA  MEJIAS  DE LARA,  representada por  su apoderado  judicial  Abg.  PASTOR JOSE  MUJICA  RINCONES,  la ciudadana  MARIA  ELENA   SANCHEZ, todos identificados en autos, por CUMPLIMIENTO  DE  CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.  En consecuencia,  SE CONDENA A LA DEMANDADA  A : ----------------------------  A) Entregar, libre de personas y cosas, el inmueble ubicado  en la carrera 19 entre calles  60 y  61, Quinta “Doña Teodora”, Nro.  60-43,  de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara. --------------------------------------------------------------------B) Al Pago de la Cláusula Penal arrendaticia  desde el  desde el día dieciséis de Junio del año dos mil siete (16/06/2007) hasta la efectiva entrega del inmueble, antes descrito.....