de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal , decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Séptimo de Control en contra del penado SARGENTO SEGUNDO JOSE LUIS ORELLANA DOMINGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V19.973.332, condenado a cumplir una pena de UN (1) AÑO DE PRISION, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en el numeral 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, en lo que corresponde a la Inhabilitación Política por el tiempo de la pena, y la separación del servicio activo, por estar incurso en la comisión del delito militar ABANDONO DEL SERVICIO previsto en el artículo 534, en concordada relación con el artículo 537, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Este Tribunal Militar como garante del Estado para el cumplimiento del fallo emitido y a fin de asegurar el sometimiento de los penados a las resultas del proceso que se les.....