este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a los ciudadanos: MAURA ELENA OROZCO RODRIGUEZ, y en representación de sus hijas: PAOLA DAYANA RODRIGUEZ OROZCO Y FABIOLA CAROLINA RODRIGUEZ OROZCO, como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante ARCANGEL ANTONIO RODRIGUEZ BURGOS