Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JORGE R. PICHARDO MEJIAS, en su condición de Defensor Privado del ciudadano MIGUEL ANGEL MUÑOZ UZCATEGUI, contra la decisión dictada en fecha 05-07-2013 y fundamentada en fecha 09-07-2013, por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Carora, en el asunto Nº KP11-P-2013-001040, mediante la cual declara Sin Lugar la solicitud de Nulidad interpuesta por la Defensa y Decretó la Medida de Privación de Libertad en contra del ciudadano Miguel Ángel Muñoz Uzcategui, por la presunta comisión del delito de CONCUSION previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra La Corrupción.
SEGUNDO:.....