DISPOSITIVA
Por tanto, de conformidad con los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el estado Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Militar de Barinas, en contra del ciudadano EUDY JOSUE MARCHAN BONILLA, titular de la cédula de identidad Nº 20.644.523, por la comisión del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: OTORGA la medida de suspensión condicional del proceso seguido al ciudadano EUDY JOSUE MARCHAN BONILLA, titular de la cédula de identidad Nº 20.644.523, por la comisión del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, y en consecuencia, se fija un régimen de prueba de un año, lapso en el cual debe.....