DISPOSITIVA
En base a las anteriores consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Privado Abg. Andrés Elinar Jiménez, actuando en tal carácter del ciudadano RONALD JOSE JIMENEZ, titular de la cedula de identidad Nº.22.200.457, contra la decisión dictada en fecha 10 de Abril de 2014 y fundamentada en fecha 15 de Abril de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreta una medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano RONALD JOSE JIMENEZ, titular de la cedula de identidad Nº.22.200.457, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGA EN LA MODALIDAD DE OCULTACION DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley de .....