PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano Sargento Segundo PABLO ANTONIO JIMENEZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° 23.705.779, plaza del 931 Batallón de Infantería Mecanizada "Santiago Mariño", por la presunta comisión del delito militar de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en el artículo 519 Y 520, con las agravantes establecidas en el artículo 402 numeral 2 y 16, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 21 de abril del 2016, en contra del Ciudadano Sargento Segundo PABLO ANTONIO JIMENEZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° 23.705.779. TERCERO: Se ordena agregar a la causa un (01) folios útiles consignado por la Defensa Publica Militar, donde consta la factura de la Oferta de reparación del d.....