PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la declinatoria de competencia, formulada por la defensa privada. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud de calificación de flagrancia en la detención de los ciudadanos: S/2DO. ARNALDO ANDRE PEINADO JIMENEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V.-23.443.691, presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de "TRAICION A LA PATRIA", previsto en el artículo 464 numeral 26 y sancionado en el artículo 465, "ATAQUE AL CENTINELA EN CAMPAÑA" previsto y sancionado en el artículo 501 ordinal 1°, "ULTRAJE AL CENTINELA", previsto y sancionado en el artículo 502, "MENOSPRECIO A LA FUERZA ARMADA", previsto y sancionado en el artículo 505 y "REBELION MILITAR", prevista en los artículos 476 ordinal 1º y sancionada en el artículo 479, todos del COJM, y los CIUDADANOS, JAVIER ARMANDO MENDEZ VERA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V.-24.731.101, JULIO ANTONIO LOBO SABALZA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V.-27.030.991, FELIX MIGUEL NAVA NAVA, TITULAR DE L.....