En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Consejo de Guerra de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Se absuelve al ciudadano PRIMER TENIENTE JOSÉ GREGORIO PADILLA CAMBRIDGE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-18.384.358; de profesión militar activo, plaza del 253 Batallón de Infantería Mecanizada "Cnel. Genaro Vásquez" ubicado en la población de la Fría Estado Táchira y domiciliado en la Urbanización la Pionera calle Amazonas, casa No. 94 Ñ-52, vía la Concepción Kilómetro 11 Parroquia Eugenio Bustamante Municipio Maracaibo estado Zulia; de la imputación fiscal por la presunta comisión de los Delitos Militares de Abuso de Autoridad previsto y sancionado en el artículo 509 Numeral 3 del Código Orgánico de Justicia Militar y Lesiones Personales entre Militares previsto y sancionado en el artículo 576 Numeral 3 ejusdem.....