JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ratifica la sanción impuesta por el tiempo que le falta por cumplir al adolescente EUDIN GIOVANNY ALVAREZ HERRERA, titular de cédula de identidad Nº 20.458.949, Venezolano; Edad 20 años; soltero; fecha de nacimiento el 18-10-88; trabajaba alquilando teléfonos; Domiciliado en Calle San Pedro, casa s/n, cerca de la Escuela José Rea, Teléfono: 0414-504-11-21, Carora, Estado Lara . En esta misma audiencia se hizo la Fundamentación en cumplimiento del articulo 173 de Código Orgánico procesal Penal quedando las partes debidamente notificadas del contenido del mismo, en este acto. Dada y Firmada en la Sala de Despacho de la Juez de Ejecución a los 07 días del mes de julio del año Dos Mil Nueve. Año 198º y 150º.-
La Juez de Ejecución
Abg. Eleusis Stulme
Secretario