Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONFINAMIENTO, y ACUERDA EL OTORGAMIENTO DE LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA PRINCIPAL, QUE LES QUEDA POR CUMPLIR de cuatro meses y veintinueve días, a los penados: RICHARD ANTONIO ALVARADO RODRIGUEZ y JUAN ALBERTO MORA CEREZO, plenamente identificados en autos EN CONFINAMIENTO, a cumplir en las direcciones establecidas en esta decisión, con el aumento de una tercera parte de la pena principal, que les queda por cumplir, que equivale a un (1) mes y dieciséis (16) días, para un total de pena a cumplir en confinamiento de CUATRO MESES y VEINTINUEVE DIAS DE PRISION, la cual se extingue el día cinco (5) de NOVIEMBRE de 2007, quedando obligados los penados en forma expresa a presentarse una vez al mes por ante la Prefectura del Municipio más cercano al domicilio otorgado para el confinamiento, e.....