este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y en uso de su potestad cautelar oficiosa, decide.
1.- A los fines de providenciar sobre la medida solicitada.
1.1. Insta a la parte demandante a presentar un Informe Técnico y un aval por parte de un organismo público que indique la viabilidad del paso preventivo del acueducto y sistema de riego por el fundo de la demandada.
1.2. Que en ese mismo Informe, indique al Tribunal los posibles daños y perjuicios que pudiera causarle dicho paso preventivo a la propiedad de la demandada.
1.3. Que indique al Tribunal si existe otra vía por la cual transitoriamente de manera preventiva pueda pasar el acueducto y sistema de riego, y con cuáles materiales. El Tribunal oficiará a tales fines, al organismo que la parte demandante indique.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con los artí.....