Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Decimo de Control con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY procede a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: SE ADMITE totalmente la acusación fiscal de conformidad con el artículo 313 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, contra los ciudadanos SARGENTO SEGUNDO MIGUEL FUENTES VILLALOBOS, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.072.007, SARGENTO SEGUNDO ANGEL JAVIER FERRER PALMAR, titular de la cédula de Identidad Nº V-18.517.833, DISTINGUIDO FRANKLIN JESUS PATERNINA ROCHA, titular de la cédula de Identidad Nº V-26.742.097, todos plaza del 115 G.AC PEDRO MARIA FREITES y el ciudadano ALEXANDER JOSE RINCÓN AVILA, titular de la cédula de Identidad Nº V-16.470.042, por la comisión del Delito Militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º del Código Orgánico .....