DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación, interpuesto por el ciudadano abogado LUIS ROBERTO CABRERA DEKASH, defensor privado del ciudadano JACKSON JOSÉ CHACÓN GARCÍA, en el juicio que se le sigue por la presunta comisión del delito de Ataque al Centinela, previsto y sancionado en el artículo 501, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Tercero de Control con sede en Caracas, de fecha 30 de marzo de 2012, mediante el cual le decretó la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad a lo previsto en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certificada de ley y líbrese las boletas de notificación a las partes.