Se dictó auto de apertura a Juicio Oral y privado en la presente causa, por lo cual se ordena remitir las presentes actuaciones a la Oficina de alguacilazgo para ser distribuida al Tribunal de Juicio con competencia en Materia de delitos de violencia contra la Mujer de este mismo circuito judicial una vez transcurrido el lapso de apelación. quedando las partes debidamente notificadas.