Este Tribunal de Control No. 9 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION DE LIBERTAD, a JOEL ANTONIO RODRIGUEZ, todo de conformidad con lo previsto en los artículo 248, 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que queda sujeto a las condiciones plasmadas en la presente decisión.-