este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267,  del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE. 
	Regístrese y Publíquese.
	Dada,  firmada  y  sellada  en  la  Sala  del  Despacho  del  Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán  de la Circunscripción  Judicial del Estado Lara.  El Tocuyo, a los siete (07) días del mes de febrero del año 2.024. Año 213° Independencia y 164° Federación.
        La Jueza Provisoria.
 Abg. Yosglide Duin León.
                                                                                                         La Secretaria:
                                                                                                Abg. .....