ABSUELVE a los ciudadanos: JESUS ANTONIO RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NRO. N° V-14.284. 891 y JUAN CARLOS HIGALDO YANEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NRO. N° V-17.890.959; de la acusación que le fue formulada por el Ministerio Público por la presunta comisión ULTRAJE AL CENTINELA, contemplado en el artículo 502, del Código Orgánico de Justicia Militar, así como las circunstancias agravantes previstas en el artículo 402, numerales 1° y 15°, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. Quedando sin efecto las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación Judicial de Libertad, otorgada por el Tribunal Militar Décimo Quinto de Control, en fecha 09 de Marzo de 2012.