En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar en funciones de juicio administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud ejercida por el abogado GILLMER JOSÉ AMAYA QUIÑONEZ, Defensor Privado de los ciudadanos GILBERTO SEGUNDO HERNÁNDEZ MAESTRE Y JEAN CARLOS HERNÁNDEZ, relativa al examen y revisión de la medida de privación judicial preventiva de la libertad que pesa sobre sus representados y la consecuente imposición de medidas cautelares sustitutivas de libertad, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 176 del Código Orgánico Procesal Penal, ratificando así la medida judicial de privación preventiva de libertad recaída sobre los ciudadanos GILBERTO SEGUNDO HERNÁNDEZ MAESTRE y JEAN CARLOS HERNÁNDEZ, en virtud de haber sido condenados por este Consejo de Guerra, en fecha treinta y uno de enero del año dos mil doce, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE ARRESTO, por la comisión del delito mil.....