DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Accidental Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
1°) MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE COLOCACIÓN DE UNA SERVIDUMBRE DE PASO PROVISIONAL PARA LA PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA, solicitada por la sociedad civil con forma mercantil AQUAMAR, C.A, la cual iniciara en el portón de entrada principal donde está ubicada la garita de vigilancia Nº1 del Fundo, y se extiende hasta la garita de vigilancia Nº3:del Campamento N°1 del fundo AQUAMAR. entre los siguientes puntos de Coordenadas U.T.M REGVEN – Huso 18 siguientes: Norte: 1110701,60 – Este: 824574,34 y Norte: 1107442,07 – Este: 827664,87, abarcando una distancia total SEIS MIL NOVECIENTOS QUINCE METROS (6.915,00 Mts), y que deberá ser ubicada y utilizada de tal manera que afecte en lo menos posible la activi.....