DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas éste Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide la consulta de sentencia del caso de autos así:
PRIMERO: Se revoca el auto de fecha 04/07/1995 y se anula todo lo subsiguiente al mismo incluida la recurrida, excepto la designación del tutor y miembros del Consejo de la Tutela, quienes permanecerán en sus funciones solo modificándose sólo el carácter de definitivo dados en la recurrida consultada, estableciendo que sus nombramiento son provisorios; ya que al quedar definitivamente firme la sentencia de interdicción que se debe designar con tal carácter los mismos.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de que el a quo que le corresponda conocer de la causa continúe con la tramitación de la causa por el procedimiento ordinario como lo ordena el artícu.....