Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: conforme a los arts. 26, 49, y 257 Constitucional y 173 del Código Orgánico Procesal Penal, Anular De Oficio el fallo que emitiera el Tribunal 2º en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en la Ext. Terr. Pto. Ordaz, en fecha 08/10/2009 en ocasión al acto de Audiencia de Presentación de Imputado, mediante el cual el A Quo declara la Libertad Sin Restricciones del indiciado Luís Donael Hernández Rivero, a quien el Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de Robo Agravado. En consecuencia se ordena el conocimiento de las presentes actuaciones a un Juez en Función de Control de la Ext. Terr. Pto. Ordaz, distinto al que emitió el fallo objeto de nulidad, dejándose como corolario vigente la situación jurídica de apre.....