Mediante Resolucion Nº: PJ0252023000235, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, se declara INCOMPETENTE por razón de la Materia y DECLINA COMPETENCIA a Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de la demanda de QUERELLA DE INTERDICTO interpuesta por la ciudadana: NORVIS MARGARITA PEREZ CAMPOS, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nro.V-11.732.102, debidamente asistida por la ciudadana ANA JESSIKA BRAVO, abogada en ejercicio debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 133.565 contra la ciudadana YOSLAY DE LOS ANGELES CHACON NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 12.191.919, con domicilio en Ciudad Orinoco, Municipio Independencia del Estado Anzoátegui.-