Con base en las razones de hecho y de derecho establecidas, ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Se acuerda con lugar la solicitud de la Fiscalía Militar Quincuagésima Tercera de Guasdualito, en cuanto a que sea tomada la presente audiencia como acto formal de imputación, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de la Fiscalía Militar en cuanto a que sea decretada la flagrancia en la Aprehensión del ciudadano JOSÉ SALVADOR INFANTE SALAZAR titular de la cedula de identidad C.I.V- N° 26.088.080, por la presunta comisión del Delito Militar de VIOLACIÓN DE ZONA DE SEGURIDAD, previsto en los artículos 47 y 48 numeral 7 y sancionado en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación. De conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Org.....