Por auto del día de hoy, se declaró IMPROCEDENTE que se ordene a la empresa SIDERÚRGICA DEL ORINOCO ALFREDO MANEIRO C.A (SIDOR)., acatar el mandamiento de amparo constitucional mediante el cual se ordenó a la empresa TANQUES GUACARA, C.A cumplir con la providencia administrativa Nº 2009-0227, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, en fecha seis (06) de julio de 2009, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos presentada por el ciudadano BERNARDO DEL VALLE LONGART.