Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CON SEDE EN MARACAY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta tenemos que el penado Sargento Primero EFREHEN JOSÉ MATHEUS DUARTE, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.228.616, de nacionalidad venezolana, de Treinta y siete años de edad, domiciliado en la Urbanización Villas del Pilar, casa No. 480, segunda etapa, Araure, Edo. Portuguesa, (telf.. 0416-4720125/ 0426-5509433), plaza de la 14 BRINF "Mecanizada", a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO MESES DE PRISION, por la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1° del COJM, más las penas accesorias de Ley, previstas en el Artículo 407 en su numeral 1º,2° y 3° del Código Orgánico de Justicia Milit.....