DECLARO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado MIGUEL ANGEL CASTILLO TOLEDO, Defensor del ciudadano TENIENTE CORONEL (GN) LUIS ANTONIO GONZALEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 9.005.189, contra del auto dictado por el Juzgado Militar Quinto de Control con sede en Maracay, en fecha diez de noviembre de dos mil cuatro, conforme a lo previsto en el artículo 437, literal c. del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por mandato expreso del artículo 592 del Código Orgánico de Justicia Militar. En consecuencia, se ordena comisionar al Juzgado Militar Quinto de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Maracay, Estado Aragua, a objeto de que practique las respectivas Boletas de Notificación, y una vez cumplida la comisión las remita de inmediato a este Órgano Jurisdiccional.