DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÌVAR, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme al artículo 8, ordinal 8, Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, planteado por RICCI MANUEL MUÑOZ MERCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.948.882 y MIRIAM GENOVEVA FARRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.998.732. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha siete (07) de Febrero del 1986, por ante el Consejo del Municipio Piar del Estado Bolívar, cuya acta de matrimonio se encuentra anotada bajo el Nº 21, folio 74, 75, 76 inserta en el Libro de Registro de Matrimonio.....