Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION consignada en las actas procesales el 01/11/2007, por no ser contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, versa sobre derechos disponibles y no afecta a terceros beneficiarios de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior fallo y visto lo solicitado por las parte intervinientes en el presente juicio en la transacción judicial, se SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 08/03/2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Librese oficio al Registro Inmobiliario del Mu.....