Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano EDUARDO JOSÉ RODRÍGUEZ ALCARRA, ya identificado, actuando en su propio nombre; contra la ciudadana Milagros del Valle Montilla Valera, en su carácter de Presidenta de la FUNDACIÓN TRUJILLANA DE LA SALUD, por la presunta violación de los artículos 75, 76, 88 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta. En consecuencia, se ORDENA:
1) La reincorporación del ciudadano EDUARDO JOSÉ RODRÍGUEZ ALCARRA, anteriormente identificado, de existir la disponibilidad del cargo desempeñado o en un cargo de similar jer.....