Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL, incoada por los ciudadanos JESÚS CARMONA, WILMER RODRÍGUEZ y ZOMAIRA INFANTE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-9.894.746, V-12.652.928 y V-11.515.380, respectivamente, en contra de la empresa HIDROBOLÍVAR, C. A.
SEGUNDO: De conformidad con las estipulaciones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.