Por las motivaciones que anteceden, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que:
PRIMERO: Es COMPETENTE y ADMITE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana EYRA DEL CARMEN GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 12.052.087, debidamente asistida por el ciudadano BLADIMIR VÍVENES, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.342; contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO DE PUERTO ORDAZ;
SEGUNDO: Se ordena la notificación por boleta del presunto agraviante INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALFREDO MANEIRO DE PUERTO ORDAZ, domiciliada en el Edificio Gina, Piso 1, Avenida Monseñor Zabaleta, Puerto Ordaz, estado Bolívar, en la .....