Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA APELACIÓN DE FECHA 23 DE ABRIL DE 2012 – folio 35 - ejercida por el ciudadano LUIS RAUL ENIS, asistido por el abogado ROGER GONZALEZ, en contra de la DECISIÓN DE FECHA 10 DE ABRIL DE 2012, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Caroní de este Circuito y Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en la ACCION DE RECONOCIMIENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por el abogado WILLIAN CASTILLO TORO, supra identificado; en consecuencia queda así CONFIRMADA LA DECISIÓN APELADA DE FECHA 10 DE ABRIL DE 2012, PERO POR LOS MOTIVOS DE ESTA ALZADA, emitida por el tribunal A-quo, supra mencionado.- Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, jurisprudencial.....