En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena: La entrega en calidad de guarda y custodia al ciudadano ROBERTO CARLOS GOMEZ BARRETO, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.790.815, domiciliado en la carrera 1 con calle 7 de Pueblo Nuevo, Municipio Autónomo Palavecino del Estado Lara, de un vehiculo cuyas características se describen a continuación: vehículo Placa: 019-GB0, Marca: FORD, Modelo: F-750, Año: 1.977, Serial de Carrocería: AJF75T72160, Serial del Motor: 6BD1394830, Clase del Vehículo: CAMIÓN, Tipo: FURGON, Uso: CARGA, Color: Azul; por cuanto el referido solicitante del vehiculo demostró fehacientemente la propiedad sobre el mencionado vehiculo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; a tal efecto es.....