siendo las diez de la mañana, se traslado este Juzgado en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Juan Caraballo Gamboa, Inpreabogado Nro. 43.135, el perito avaluador, quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal en la siguiente dirección: un inmueble integrado por el terreno y la casa quinta distinguida con el Nro. 46-C, ubicada en la Avenida El León, Urbanización Sebucan, Municipio Sucre del Estado Miranda, a fin de practicar la medida de SECUESTRO.- Una vez a las puertas del inmueble, el Tribunal procede a dar los toques de Ley, siendo atendido el llamado judicial por Evelin Ramona Navarro Oquendo, Nro. V.-12.178.843, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, resultando ser la demandada en el presente proceso.- Seguidamente el Tribunal, dando cumplimiento a la misión encomendada practica la medida de SECUESTRO sobre el inmueble antes identificado y lo pone en la posesión real y física de la parte actora,.....