Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: 1) De conformidad con lo previsto en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente en concordada relación con el artículo 31 ordinal 4º del derogado Código Orgánico Procesal Penal y artículo 14 numeral 2 de la derogada Ley de Beneficios Sobre el Proceso Penal DECLARA CON LUGAR la solicitud de autorización para prescindir totalmente del ejercicio de la acción penal en la Causa seguida al ciudadano Ex-Soldado Raso (Av) José Daniel García Bracamonte, titular de la cédula de identidad Nº 16.477.430, plenamente identificado en autos, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de Deserción previsto y sancionado en los artículos 523, 527 numeral 1 y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. 2) De conformidad con el artículo 44 ordinal 5º del derogado Código Orgánico Procesal Penal SE DECLRA LA EXTINC.....