DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242, 243 y 254 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, con fundamento en el literales "G" de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para Uso Comercial, intentando por la ciudadana: MARIA E. PERDOMO F., Abogado en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 282.471, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL BOULEVARD CENTER C.A, contra la SOCIEDAD MERCANTIL C. PACHOS´S C.A, representada por.....