PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano Ex Soldado FRANCISCO ANTONIO VIVAS ARIAS, titular de la cédula de identidad Nº V-18.393.556, plaza de la 2001 Compañía de Comando del Cuartel General "G/J Eleazar López Contreras", por la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en los Artículos 523, 527 Ordinal 1º y sancionado en el Artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 26 de abril del 2016, en contra del Ciudadano Ex Soldado FRANCISCO ANTONIO VIVAS ARIAS, titular de la cédula de identidad Nº V-18.393.556, plaza de la 2001 Compañía de Comando del Cuartel General "G/J Eleazar López Contreras".