Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR, la acción de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana LIBERADA DEL CARMEN CORDERO LADINO, contra los HEREDEROS del ciudadano CARLOS PASTOR VIZCAYA (CAUSANTE), ciudadanos CARLOS JESUS VIZCAYA CORDERO, CARLOS JOSE VIZCAYA CORDERO, CARLOS HERNAN VIZCAYA LAMEDA, KARLA MARIETTA VIZCAYA LAMEDA, CARLOS ANTONIO VIZCAYA LAMEDA, todos antes identificados. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.