En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Se repone la causa al estado de consignar la boleta de notificación de la Procuraduría General de la República y consecuencialmente se declara la nulidad del auto de admisión de fecha 01 de junio de 2007 y una vez conste en autos dicha notificación, procédase conforme lo establece el artículo 267 del Código Orgánico Tributario.