esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados Laura Adams y Nayis Colmenarez, en su condición de Defensores Privados del ciudadano Jhonar José Giménez Rincones, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 09 de este Circuito Judicial Penal, en Audiencia de Presentación celebrada en fecha 22 de Marzo de 2008 y fundamentada en fecha 25 del mismo mes y año, mediante la cual Declaró Con Lugar la Aprehensión en Flagrancia, la continuación del proceso por vía del Procedimiento Ordinario y Acordó la imposición de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del mismo, de conformidad con los artículos 248, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Queda CONFIRMA.....