este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA en razón de la materia, planteada por el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la demanda por motivo de DIVORCIO, intentada por la ciudadana YOLIMAR BEATRIZ RODRIGUEZ SANCHEZ, asistida por el abogado VICENTE PERERA, en contra del ciudadano ALEJANDRO IGNACIO AGUILAR RODRIGUEZ, todos plenamente identificados con anterioridad.