Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, DECIDE: PRIMERO: SE EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Decimo Tercero de control, con sede en la Fría, mediante la cual CONDENO al ciudadano WILSON DAVID HURTADO MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº 23.058.510, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, por ser responsable en la comisión del delito de INSUBORDINACION, previsto en el artículo 512 numeral 2 y sancionado en el artículo 515 numeral 2, primer supuesto del Código Orgánico de Justicia Militar, más la pena accesoria contempladas en el artículo 406 Eiusdem. De igual manera, al a.....